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El aforo máximo permitido de presencialidad en los despachos judiciales de Caldas será del cuarenta por ciento (40%) hasta el 31 de enero.

Por medio del Acuerdo 11709 de 2021, el Consejo Superior de la Judicatura se acopla a las medidas nacionales y locales que buscan reducir los efectos de la emergencia provocada por el virus Covid-19.

Buscando proteger la vida y salud de los servidores judiciales, abogados y usuarios de la administración de justicia, esta corporación instó a los servidores de la Rama Judicial a continuar ejerciendo sus funciones desde sus hogares, haciendo uso de las tecnologías de la información y la comunicación.

De igual forma, la Corporación exhortó a los Consejos Seccionales a emitir los correspondientes actos administrativos donde se regulen y especifiquen las condiciones en las cuales los despachos de cada regional prestarán sus servicios, desde el martes 12 de enero y hasta el próximo 31 del mismo mes, cuando sea necesaria la atención presencial.

Así, por medio del Acuerdo CSJCAA21-1, el Consejo Seccional de la Judicatura de Caldas fijó en un cuarenta por ciento (40%) el aforo máximo permitido de presencialidad de funcionarios y empleados en los despachos judiciales, centros de servicios, oficinas de apoyo, Secretarías de Tribunal y dependencias administrativas.

Dicho límite de aforo incluye tanto magistrados, jueces, coordinadores y jefes, como los empleados de cada despacho u oficina.

Para la atención de consultas de usuarios y apoderados, el Consejo Superior de la Judicatura hace el llamado a seguir utilizando los distintos canales dispuestos, como lo son la atención telefónica, los correos electrónicos y los aplicativos web propios de la Rama Judicial.

En Stipulatio Aliados Jurídicos le compartimos los siguientes enlaces que podrán ser de su interés:

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